Asambleas Ordinarias o Juntas de Socios – IDU

El mes de abril es un mes de mucha relevancia para el cumplimiento de obligaciones societarias y tributarias, pues las sociedades deben decidir en sus asambleas de accionistas o juntas de socios sobre la distribución de utilidades, que podría dar nacimiento a la obligación de abonar el Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU). Esta obligación también alcanza a los Consorcios de Obra Pública y las empresas unipersonales.

En efecto, para las sociedades anónimas, el mes de abril es el último mes para llevar a cabo la Asamblea Anual Ordinaria para tratar los resultados del ejercicio anterior y, el destino que darán a los mismos.

Asimismo, para las sociedades de responsabilidad limitada, consorcios de obra pública y empresas unipersonales, existen presunciones legales que podrían obligar a abonar el IDU en el mes de mayo, aun cuando no existan intenciones de distribuir dividendos.

Por ello, para evitar contingencias legales y optimizar los resultados tributarios, resulta de suma importancia la redacción clara del acta de la asamblea ordinaria en el caso de las sociedades anónimas, o del documento hábil para las SRL, Consorcios y Unipersonales.

En BKM | Berkemeyer contamos con amplia experiencia y profesionales especializados, tanto en temas societarios como tributarios, para asesorarlo en las decisiones vinculadas, plasmarlas en los documentos legales exigidos y finalmente, realizar las comunicaciones y registros ante las diferentes autoridades y dentro de los plazos legales, y con ello evitar la aplicación de multas gravosas para la sociedad.

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