MODELO DE CONTRATO DE SERVICIO DE REPRESENTANTE DE OBLIGACIONISTAS

En fecha 21 de febrero del 2023, de conformidad a lo previsto en la Ley N° 5.810/17 “Mercado de Valores” y en concordancia con lo dispuesto en el “Reglamento General del Mercado de Valores”, la Comisión Nacional de Valores de Paraguay estableció el modelo de contrato para servicio de Representantes de Obligacionistas para casas de bolsa y entidades especializadas autorizadas como representantes de obligacionistas mediante la Circular CNV/DIR Nº013/2023.

El modelo será utilizado por las Casas de Bolsas y Entidades Especializadas autorizadas como Representantes de Obligacionistas y deberá ser adoptado en fecha 08 de marzo del 2023.

El modelo de contrato se encuentra compuesto por once(11) cláusulas, en las cuales: i) se indican antecedentes; ii) se fundamentan los derechos, iii) se establecen facultades de fiscalización, deberes y responsabilidades; iv) sedetermina la duración del contrato; v) se establecen los honorarios a favor del representante; vi) se establece la posible renuncia del representante; vii) se establece el caso de remoción del representante y las causales de cesación en sus cargos; viii) se encuentran las normas relativas al procedimiento de las Asambleas de Obligacionistas; ix) se establecen las declaraciones del representante; se trata la confidencialidad; x) se fija la posible terminación anticipada y; en caso de controversias xi) se establece la jurisdicción de los tribunales y juzgados o que podrán ser recurridas ante el Centro de Arbitraje y Mediación Paraguay (CAMP) de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP), para lo cual deberán suscribir el correspondiente acuerdo de arbitraje.

El Representante de los Obligacionistas es el intermediario entre el emisor y los obligacionistas, su rol es velar por los intereses de los inversionistas y por el cumplimiento asumido frente a ellos, por ejemplo, verificando que las garantías de la emisión hayan sido debidamente constituidas.

Desde hace mas de 2 años BKM Berkemeyer ha sido el primer estudio jurídico en ser habilitado para fungir de Representante de Obligacionistas a partir del dictado de la Resolución CNV CG Nº 17 /2020 que habilito el registro.

Para mayor información favor dirigirse a Martín Carlevaro: martin.carlevaro@berke.com.py y/o Adriana Ocampos: adriana.ocampos@berke.com.py y/o Dahiana Acosta:  dahiana.acosta@berke.com.py y/o Pedro Lacasa: Pedro.Lacasa@berke.com.py.