La Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI), a través de su Dirección General de Propiedad Industrial (DGPI), ha puesto en marcha el Plan Piloto denominado «Pya’e Porã», un mecanismo de tramitación acelerada (fast track) para el registro de marcas vinculadas a determinadas clases de productos. El objetivo es claro: reducir significativamente los plazos de concesión, pasando de un promedio de ocho a doce meses en el trámite ordinario a aproximadamente tres meses bajo este nuevo procedimiento.
¿QUÉ ES EL PLAN PILOTO PYA’E PORÃ?
Se trata de un procedimiento abreviado de evaluación y concesión de solicitudes de registro de marcas, diseñado para agilizar los tiempos de respuesta sin modificar los criterios técnicos ni jurídicos de registrabilidad establecidos en la Ley Nº 1294/1998, «De Marcas». La iniciativa se enmarca en el Plan Nacional de Propiedad Intelectual 2030 y en el Plan Estratégico Institucional de la DINAPI.
¿A QUÉ CLASES DE PRODUCTOS APLICA?
El plan piloto está limitado exclusivamente a marcas vinculadas a productos de las siguientes clases de la Clasificación de Niza:
· Clase 03: Preparaciones para blanquear, productos de limpieza, perfumería y cosméticos.
· Clase 05: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y sanitario.
· Clase 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos y médicos.
· Clase 29: Carne, pescado, frutas y legumbres en conserva, productos lácteos.
· Clase 30: Café, té, cacao, azúcar, arroz, harinas, pan, pastelería, confitería.
· Clase 32: Cervezas, aguas minerales, bebidas sin alcohol, jugos de frutas.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL TRÁMITE ACELERADO?
Para que una solicitud califique bajo el procedimiento Pya’e Porã, deben cumplirse todas las condiciones siguientes:
1. Poder inscrito: El solicitante debe contar con un poder debidamente registrado ante el Departamento de Poderes de la DGPI al momento de la presentación.
2. Selección de «todos los productos»: Se deben seleccionar todos los productos de las clases habilitadas (03, 05, 10, 29, 30 y 32). Esto reduce considerablemente las posibles objeciones respecto de la descripción de productos.
3. Marcas denominativas: El plan aplica únicamente a marcas de tipo denominativo.
4. Publicación exclusiva en REDPI: La publicación debe realizarse en la Revista REDPI. El agente de propiedad industrial (AGPI) tendrá un plazo de 2 días hábiles desde el envío de la orden de publicación para efectuar el pago correspondiente. Si no lo hace dentro de ese plazo, la solicitud continuará como trámite ordinario.
¿CUÁNDO SE PIERDE LA CONDICIÓN PYA’E PORÃ?
Es importante tener en cuenta que, aun cuando una solicitud cumpla con todas las condiciones al momento de su presentación, puede perder el beneficio del trámite acelerado en una etapa posterior si se presenta alguna de las siguientes situaciones:
1. No contar con poder registrado al momento de la presentación.
2. No haber publicado en el plazo establecido de 2 días hábiles.
3. Si se presentan oposiciones de terceros contra la solicitud.
4. Si se formula alguna observación o vista durante el examen de forma.
5. Si existen antecedentes y/o prohibiciones no compatibles con el plan.
6. Si el dictamen del examen de fondo resulta negativo.
En cualquiera de estos casos, la solicitud sale del régimen acelerado y continúa su procesamiento por la vía ordinaria.
¿CÓMO FUNCIONA EL PROCEDIMIENTO?
El trámite sigue un flujo interno optimizado dentro de la DGPI, en el que cada etapa se ejecuta con la mayor celeridad posible:
1. Mesa de entrada recibe la solicitud y realiza un filtro diario según las clases y el tipo de marca aplicable al plan.
2. Examen de Forma: Se verifica el cumplimiento de los requisitos formales. Si no hay observaciones ni vistas, se emite la orden de publicación.
3. Publicación en REDPI: Se controla que la publicación se realice dentro de las 48 horas desde el envío de la orden y se aguarda el plazo legal de 60 días para oposiciones de terceros.
4. Examen de Fondo: Si no se presentan oposiciones, se realiza el examen sustancial de registrabilidad.
5. Dictamen y concesión: Con dictamen favorable, la Dirección de Marcas y la Dirección General de Propiedad Industrial emiten y firman la resolución de concesión.
6. Emisión de Certificado: La Unidad de Títulos remite el certificado de registro al buzón del AGPI interviniente.
El tiempo aproximado total del proceso es de 3 meses.
VIGENCIA DEL PLAN PILOTO
El Plan Piloto Pya’e Porã estará vigente desde el 31 de marzo hasta el 31 de octubre de 2026. Durante este período se realizarán evaluaciones continuas, con participación de la Dirección de Comunicación Institucional, para recabar comentarios y sugerencias de los usuarios. Si los resultados son favorables, se trabajará en una implementación integral y definitiva del sistema.
¿POR QUÉ ES RELEVANTE PARA SU NEGOCIO?
Esta iniciativa representa una oportunidad concreta para empresas de los sectores de cosméticos, farmacéutico, alimentos, bebidas e instrumentos médicos que necesitan proteger sus marcas de manera ágil en el mercado paraguayo. El trámite acelerado permite obtener la concesión del registro en aproximadamente la mitad del tiempo habitual, o incluso menos, lo que brinda mayor seguridad jurídica y una ventaja competitiva al momento de comercializar productos bajo una marca registrada.
Desde nuestro estudio, quedamos a su disposición para asesorarlos en la preparación y presentación de solicitudes bajo el procedimiento Pya’e Porã, asegurando el cumplimiento de todos los requisitos para maximizar las posibilidades de éxito en el trámite acelerado.
Para más información, por favor contacte con: Jaqueline Querciola Jaqueline.quercila@berke.com.py y/o Bárbara Dollstadt Barbara.dollstadt@berke.com.py y/o Jenny Ávalos jenny.avalos@berke.com.py

















