Nuevas medias impositivas de carácter transitorio – COVID 19

BOLETÍN INFORMATIVO

Nuevas medias impositivas de carácter transitorio – COVID 19

En el marco de la emergencia sanitaria, la Administración Tributaria dispuso hasta el 30/06/20 (RG Nro. 47/20) las siguentes medidas adminsitrativas:

1- Para la obtención y/o renovación de créditos ante entidades de intermediación financieras y/o coperativas, será obligatoria la presentación de un certificado de cumplimiento tributario o constancias de no ser contribuyente, para operaciones cuyo monto sea equivalente o superior a G. 150.000.000.

2- Las Facilidades de pago hoy vigentes se tendrán por decaidas solamente cuando se superen las 6 cuotas incumplidas y/o los 180 días de atraso. 

3- En cualquier caso, el contribuyente podrá solicitar nuevas facilidades de pago.

4- Se suspende la emisión de certificados de deuda y/o el trámite de los procesos de cobranzas generados a la fecha.

Asimismo, el Gobierno Nacional presentó un Proyecto de ley que declara estado de emergencia en todo el territorio nacional y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras.

Para más informes, contáctenos a: